Recientemente se realizó un encuentro en el Consejo Profesional de Ingeniería Civil -CPIC- donde la Institución convocó a todos los Colegios y Consejos de Ingeniería Civil del interior del país a conformar un Grupo de Trabajo, con el objetivo de enfatizar la defensa de las incumbencias de los ingenieros civiles para el ejercicio de su profesión en el ámbito de la mensura. Esta iniciativa surge luego de la resolución del Ministerio de Educación que excluye las tareas de mensura en la expresión “trabajos topográficos y geodésicos” contenida en las Actividades Reservadas al Ejercicio de la Ingeniería Civil.
Recientemente, el Consejo Profesional de Ingeniería Civil –CPIC- convocó a todos los Colegios y Consejos de Ingeniería Civil del Interior del país, a conformar un Grupo de Trabajo con el objeto de enfatizar la defensa de las incumbencias de todos los ingenieros civiles en consideración de la ofensiva sobre la capacidad de éstos para el ejercicio de su profesión en el ámbito de la mensura. El actual Presidente del Consejo Profesional de Ingeniería Civil –CABA, Ing. Civil Jorge Emilio Abramian, recibió en compañía del Vicepresidente de la Institución, Ing. Civil Pedro Antonio Nadal, y su Gerente el Ing. Civil Victorio Santiago Díaz, a destacados profesionales miembros de Consejos y Colegios de Ingeniería Civil del interior del país con el objeto de tratar la Resolución Ministerial N°1633 que afecta directamente la incumbencia de los ingenieros civiles para realizar trabajos topográficos y geodésicos incluida la realización de mensuras, y que éstos vienen desarrollando desde los comienzos de la currícula. Asimismo, acompañaron por parte de esta Institución con la intención de favorecer el debate y análisis de la situación, su Responsable Técnico el Ing. Raúl Oscar Barreneche y su asesor letrado, el Dr. Diego Martín Oribe. Del mismo modo, aportaron a la búsqueda proactiva de soluciones el Pro Secretario del CPIC, Ing. Enrique Sgrelli, y el Consejero Ing. Fabio Estray. En el mismo sentido, participaron del encuentro el Presidente de la Federación Argentina de Ingeniería Civil -y Presidente del Colegio de Ingenieros Civiles de Tucumán-, Ing. Ricardo Ferullo, su Secretario General, Ing. Ricardo Cagliani, Presidente y Secretario General del Colegio de Ingenieros Civiles de Córdoba, Ing. Gustavo Donadei e Ing. Federico A. Martí, la Ing. María Silvina Neiff y el Ing. Elvio Omar Marotti, Visadora Técnica y Vicepresidente del Colegio de Profesionales de la Ingeniería Civil de Santa Fe Distrito 1, la Secretaria Técnica del Colegio de Profesionales de Ia Ingeniería Civil de Entre Ríos, la Ing. Laura Alcain, el Tesorero del Consejo de Profesional de Ingenieros y Agrimensores de San Juan, el Ing. Ariel Villavicencio, y el Secretario del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires, el Ing. José María Jauregui.
Por unanimidad, el Grupo de Trabajo considera que no habiéndose agotado las instancias para llevar adelante el reclamo por vía judicial, no solo existe el compromiso y necesidad de continuarlas sino también la férrea convicción de agotar todas aquellas vías posibles que para el caso subviertan la actual discriminación y limitación que intentan imponer al ejercicio competente, honesto e idóneo de los ingenieros civiles dedicados a realizar mensuras. Con el mismo propósito, y como parte de la búsqueda de soluciones posibles, se acordó asimismo, poner en autos al Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) para interesarlo sobre la situación actual.
Sobre el tapete se impone además, la imperiosa necesidad de revertir las serias dificultades que atraviesan los Ingenieros Civiles para actuar ante las distintas Direcciones de Catastro del país (manejadas mayoritariamente por Agrimensores), que no apuntan sino, directa o indirectamente, a impedir su ejercicio profesional en el ámbito de la mensura. Las demoras en el visado de trámites notoriamente superiores a las que en la práctica se imponen a los agrimensores, es solo un ejemplo que muestra a las claras una situación de competencia desleal. www.cpic.org.ar
Cronología de un yerro
En 2009, los Colegios de Agrimensura cuestionaron la Resolución del Ministerio de Educación de la Nación N° 1232, vigente desde 2001, y exigieron una revisión por considerar que las tareas de “Mensura” no pertenecían a la incumbencia de la ingeniería civil. En 2009, el asunto fue llevado a resolución por el Ministerio de Educación de la Nación en función de las facultades que le otorga el artículo 43 de la Ley N° 24.521 de Educación Superior. Se dicta, entonces, la Resolución ME 284/09, avanzando sobre la autonomía universitaria, y limitando las incumbencias de los ingenieros civiles al interpretar que la expresión “trabajos topográficos y geodésicos”, contenida en la Resolución ME N°1232/01 en el Anexo V-4, excluye la realización de mensuras. Debido a cuestionamientos y presentaciones de entidades que agrupan a los profesionales de la Ingeniería Civil, el Ministerio suspendió la resolución de 2009, por medio de la Resolución ME 247/10 de 2010, hasta tanto se expidiera el Consejo de Universidades. En agosto de 2014, con la Resolución ME 2145/14, se dejó sin efecto la Resolución ME 247/10 tras la consideración del Consejo de Universidades, basada en una breve y parcial consulta a algunas universidades, de que las tareas de mensura no estaban dentro de los alcances reservados de la Ingeniería Civil.
Con todo, el Grupo de Trabajo conformado a instancias de lo mencionado, considera que la interpretación de que “trabajos topográficos y geodésicos” no incluya la posibilidad de efectuar mensuras implica un yerro fundado en la confusión que algunos profesionales –que no son precisamente Ingenieros Civiles o Ingenieros en Construcciones- intentan imponer a través de medios constitucionalmente válidos, pero académica, profesional y éticamente incorrectos.
El CPIC, junto a los Colegios y Consejos mencionados, reafirma y ratifica su postura y seguirá buscando la unión y colaboración con otros Colegios y Consejos de Ingeniería Civil del resto del país para retrotraer la situación al estado original, ya que los Ingenieros Civiles tienen incumbencias para efectuar tareas de mensura. Además, las instituciones que conforman el Grupo de Trabajo, defenderán a sus matriculados de mezquindades e interpretaciones erróneas interpuestas.
Información enviada por:
María Acha
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